Objeto:

Comunicar a la administración el traslado de un cadáver del Grupo II con destino fuera del territorio de la Comunidad de Castilla y León. Según el artículo 4.1 del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, la clasificación sanitaria de los cadáveres es:

  • Cadáver Grupo I: Aquellos cuya causa de defunción represente un riesgo sanitario según las normas y criterios fijados por la Administración Pública (cólera, fiebre hemorrágica por virus, tifus exantemático, fiebre recurrente por piojos, poliomielitis paralítica, enfermedad de Creutzfeldt-Jakob, paludismo, carbunco, rabia, peste y
    contaminación por productos radiactivos)
    , deberán ser autorizados previamente a su traslado, por el Servicio Territorial de Sanidad de la provincia de partida.
  • Cadáver Grupo II: Comprende aquellos cadáveres cuya causa de defunción no esté incluida en el Grupo I.

¿Quién lo puede solicitar?

Representante de la empresa funeraria encargada del traslado.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • La empresa funeraria encargada del traslado deberá estar debidamente autorizada conforme la normativa vigente, siendo la responsable del cumplimiento de toda la normativa vigente en materia de traslados de cadáveres.
  • Los traslados de cadáveres se realizarán en féretro de traslado, debidamente sellado. En el caso de traslado a Francia y Portugal por vía terrestre, si el destino final se va a dar en menos de 72 h, se utilizará féretro de madera de espesor no inferior a 20mm con material absorbente en su interior, que asegure la estanqueidad. Si el destino final se prevé en 72 h, se utilizará féretro de traslado.
  • Para los traslados de cadáveres a Francia y Portugal, por vía terrestre, se procederá conforme a los Acuerdos entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa y el Ministerio de Salud de la República Portuguesa, respectivamente.

¿Qué documentos necesito?

  • Modelo normalizado de comunicación previa que se dirigirá al Servicio Territorial de Sanidad de la provincia desde la que se efectúe el traslado.
  • La comunicación previa irá acompañada del certificado de defunción y la licencia de enterramiento.

Lugar y Forma de presentación: