Tasas sanidad mortuoria
Los trámites por autorización sanitaria de instalación, reforma y funcionamiento de un cementerio y la exhumación de cadáveres estarán sujetos al pago de Tasa por Servicios Sanitarios (Código 306.1).
La cuantía de la tasa correspondiente está recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes. (pag. 2238).
El impreso para realizar el pago de la Tasa, o bien, realizar la cumplimentación a través de Internet está disponible accediendo al Modelo 046 de pago de tasas y precios públicos.