• El consejero de Sanidad preside esta reunión de este órgano consultivo y multidisciplinar para la Ética asistencial

  • Castilla y León fue la primera Comunidad autónoma española de entre las que recibieron las competencias sanitarias en 2002, en poner en marcha este organismo y, actualmente, unos 250 profesionales trabajan en los distintos Comités de Ética asistencial existentes en la región

  • En este encuentro, además, se presenta la "Guía sobre la intimidad, confidencialidad y protección de datos de carácter personal"

  • Se han editado 25.000 ejemplares de esta publicación



El consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, César Antón Beltrán ha asistido hoy a la reunión constitutiva de la nueva Comisión de Bioética de Castilla y León que, tal y como se recoge en el Decreto regulador de este órgano (Decreto 108/2002, de 12 de septiembre, por el que se establece el régimen jurídico de los Comités de Ética asistencial y se crea la Comisión de Bioética de Castilla y León), renueva parte de sus integrantes.

La nueva Comisión de Bioética está de nuevo presidida por el profesor Diego Gracia Guillen, a quien acompañan, ocupando los diversos cargos de este comité, otras quince personas con amplia experiencia y formación en Bioética.

La Comisión de Bioética de Castilla y León es un órgano consultivo, de carácter multidisciplinar, en el que se integran profesionales tanto sanitarios como ajenos a la Sanidad, con el fin de prestar asesoramiento en materia de Bioética a las distintas instituciones y ámbitos del Sistema Regional de Salud, además de servir de referente a los diversos Comités de Ética asistencial existentes en las Áreas de Salud de Castilla y León, que cuentan con la participación actual de unos 250 profesionales en la región.

Precisamente, Castilla y León ha sido la primera Comunidad autónoma de entre las que recibieron la transferencia de las competencias sanitarias en 2002, en crear su Comisión de Bioética de ámbito regional, uniéndose así a las existentes en Cataluña y en Galicia y, durante este período, el trabajo de este comité se ha centrado en:

  • Impulsar y acreditar los Comités de Ética asistencial de las Áreas de Salud de la región.

  • Fomentar la formación en materia de Bioética.

  • Elaborar documentos dirigidos a conciliar la práctica asistencial con el respeto a los derechos y deberes de las personas en relación con su Salud.



GUÍA SOBRE INTIMIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL



En la reunión hoy presidida por el consejero de Sanidad, César Antón, la Comisión de Bioética de Castilla y León trata también la llamada "Guía sobre la intimidad, confidencialidad y protección de datos de carácter personal", resultado del trabajo que se han venido realizando en el seno de esta Comisión regional por un grupo de profesionales de dilatada experiencia en los sectores sanitario y jurídico.

Esta guía se une a la publicada en 2006 sobre el Consentimiento informado y, nuevamente dirigida a los profesionales sanitarios, pretende servir como vehículo que permita conciliar el trabajo de éstos con los derechos de los pacientes, más aún ahora cuando una regulación sanitaria recientemente aparecida conlleva la aparición de nuevas obligaciones en el ámbito de la práctica asistencial.

La "Guía sobre la intimidad, confidencialidad y protección de datos de carácter personal" responde al objetivo de respetar la intimidad y la confidencialidad de los pacientes como derechos fundamentales de las personas y evitar cualquier invasión o intromisión en la esfera íntima o privada desde una doble perspectiva: por un lado servir de herramienta de apoyo a los profesionales; y por otro, proteger estos derechos de las personas cuando éstas entran en contacto con los Servicios sanitarios.

Se han editado 25.000 copias de esta publicación, para su distribución a los profesionales sanitarios y administrativos de los centros y establecimientos, tanto públicos como privados, sanitarios de la Comunidad autónoma castellana y leonesa.

En sus contenidos, esta guía aborda la intimidad y la confidencialidad, tanto de forma general como referidos a aspectos concretos relacionados con su protección en el ámbito sanitario; señala los límites que en la práctica pueden tener estos derechos personales cuando entran en colisión con otros, como pueden ser la información a terceros o la protección de la Salud, aportando criterios de prevalencia de unos sobre otros; señala las consecuencias de la vulneración de los mismos; y analiza, a modo de ejemplos, diversas cuestiones: la intimidad corporal; la preservación de la confidencialidad de los datos de carácter personal cuando se facilita información sobre los pacientes y, especialmente, cuando se trata de menores; los principios de la protección de datos; los derechos del interesado sobre sus datos de Salud; la confidencialidad, custodia y secreto de la información reservada de la que se tiene conocimiento por el desempeño de las labores propias del puesto de trabajo; etc.