Formación práctica universitaria
Según lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, las universidades podrán concertar con los servicios de salud, instituciones y centros sanitarios que, en cada caso, resulten necesarios para garantizar la docencia práctica de las enseñanzas de carácter sanitario que así lo requieran.
En aplicación de lo anterior, se han suscrito diversos convenios de colaboración para la formación práctica de las enseñanzas para titulaciones de ciencias de la salud entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León y diversas universidades públicas y privadas, tanto de nuestra comunidad autónoma como de otras.