Registro poblacional del cáncer de Castilla y León
Información
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), se relaciona la información sobre el tratamiento de los datos personales incorporados al Registro poblacional del cáncer de Castilla y León.
Responsable
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad
Dirección postal: Paseo de Zorrilla 1, 47007 Valladolid
Teléfono: 983 41 36 00
Correo electrónico: protecciondatos.dgsp.sanidad@jcyl.es
Delegado/a de Protección de Datos
Correo electrónico: dpd.sanidad@jcyl.es
Fines del tratamiento
- Conocer la incidencia del cáncer y su distribución en función de las variables de sexo, edad, localización anatómica y tipo histológico.
- Establecer la distribución geográfica y temporal de los distintos tipos de cáncer.
- Servir para el desarrollo de estudios epidemiológicos que identifiquen grupos de población de mayor riesgo y permitan el establecimiento de patrones clínico-epidemiológicos para determinados tipos de tumores.
- Apoyar la planificación y evaluación de las actividades preventivas y asistenciales en el ámbito de las enfermedades tumorales.
- Investigación científica e histórica y estadística de acuerdo con lo establecido en los artículos 5.1 b y 89 .1 del RGPD.
Plazo de conservación de los datos
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Legitimación
Base jurídica para el tratamiento de los datos de salud:
- Artículo 6.1 e) del RGPD, misión en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
- Artículo 9.2 i) del RGPD, interés público en el ámbito de la salud pública
- Artículo 9-2 j) del RGPD, investigación científica e histórica y estadística
- Artículo 8.1 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, realización de estudios epidemiológicos, planificación y evaluación sanitaria en base a un sistema organizado de información sanitaria
- Artículo 23 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, creación de registros para el conocimiento de situaciones de las que pueden derivarse acciones de intervención de la autoridad sanitaria
- Artículos 40 a 43 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, Sistema de Información en Salud Pública
- Artículo 7 i) de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, creación de registros y sistemas de vigilancia epidemiológica
- Artículo 8 y 14 de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León, información y vigilancia epidemiológica, investigación biosanitaria y biotecnológica
Categorías de datos
Datos de los interesados:
- Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia, edad, sexo
- Datos sanitarios: Nº de seguridad social/mutualidad, tarjeta sanitaria, N.º de Historia Clínica, datos clínicos
Destinatarios / Categorías de destinatarios
Red Europea de Registro del Cáncer.
Investigadores
Transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
Derechos
A acceder a los datos personales, a rectificar los datos inexactos, a solicitar su supresión, salvo por razones de interés público en el ámbito de la salud pública, a la limitación y a la oposición al tratamiento, en los términos previstos en el RGPD, a través de los siguientes canales:
Correo electrónico: protecciondatos.dgsp.sanidad@jcyl.es
Correo postal: Dirección General de Salud Pública. Paseo de Zorrilla 1, 47007 Valladolid
También puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, mediante escrito a la dirección: C/ Jorge Juan 6, 28001 Madrid, o a través de su Web: www.agpd.es
Procedencia de los datos
De los centros sanitarios públicos y privados y de los profesional sanitarios que diagnostiquen casos de cáncer.
Decisiones automatizadas
No se tomarán decisiones automatizadas sobre los datos