Por supuesto la existencia de espacios adaptados en el Hospital Universitario Río Hortega de Valladolid tiene que ver con el compromiso del mismo con la Humanización Sanitaria.

El ASVAO trabaja bajo la idea de que la sanidad tiene que ser algo más que eficiente, también debe ser humana. Y, por eso, se fomenta y promueve siempre una atención humanizada; centrada en el trato respetuoso, la empatía y la comunicación efectiva entre los profesionales y los pacientes. Incluyendo, por supuesto, el hecho de intentar que las instalaciones sanitarias sean cómodas y accesibles para todos los ciudadanos. La meta es cuidar de la salud de todos con calidad y calidez.

Pero la existencia de espacios adaptados para todo tipo de usuario responde, además, a otras responsabilidades de una institución sanitaria. Tales como el cumplimiento de las normas de accesibilidad establecidas en la Constitución Española, el compromiso con la seguridad y la calidad de la Gerencia Regional de Salud o la labor que se está realizando a favor de la Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia (IHAN), entre otros. Tal y como se explica a continuación:


BAÑOS ADAPTADOS: 41

PLAZAS DE APARCAMIENTOS ADAPTADAS: 32

Estos espacios adaptados (existentes desde el inicio de la actividad en el nuevo Hospital Río Hortega) responden al cumplimiento de las normas de accesibilidad, que encuentran su fundamento dentro del marco de la Constitución Española. Ya que este texto contiene diversos mandatos dirigidos a los Poderes Públicos para fomentar la igualdad y el desarrollo individual de las personas (arts. 9.2 y 14) y para realizar una política de integración de las personas con discapacidad física, sensorial e intelectual asegurando el disfrute de los derechos individuales y colectivos en los distintos medios en los que se desarrolla la actividad humana (art. 49).

En este sentido, la normativa autonómica en materia de accesibilidad responde al legítimo ejercicio de las competencias que, con carácter de exclusividad y de acuerdo con la Constitución Española, le confiere el Estatuto de Autonomía en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, en materia de transportes y en materia de acción social.

Ley 3/1998, de 24 junio por la que se regula la accesibilidad y supresión de barreras

Regula los principios básicos y directrices que han de garantizar el derecho de todas las personas al uso de bienes y servicios de la Comunidad en condiciones de igualdad y, en particular, a los que tienen algún tipo de discapacidad, ya sea física, psíquica o sensorial, de carácter permanente o temporal, mediante la consecución de un entorno accesible en el que no haya impedimentos y barreras que dificulten el normal desenvolvimiento de las personas.

Decreto 217/2001, de agosto por el que se aprueba Reglamento accesibilidad y supresión de barreras

El desarrollo de la Ley de Accesibilidad y Supresión de Barreras permite disponer del marco normativo preciso para el cumplimiento de los preceptos señalados en la misma. La generalidad de los planteamientos recogidos en la citada Ley, determina, para la efectiva consecución de sus objetivos, la necesidad de un desarrollo reglamentario pormenorizado que se concreta en aspectos tales como la determinación de parámetros y exigencias funcionales y dimensionales de los diferentes elementos urbanísticos, de las edificaciones, del transporte y de los sistemas de comunicación.


BAÑOS PARA OSTOMIZADOS: 2

Están en funcionamiento desde mediados del mes de octubre del 2023.

Estos espacios se adecuaron como parte del compromiso del HURH con la Humanización Sanitaria y, asimismo, como parte del compromiso de la Gerencia Regional de Salud (GRS) -a través de su Dirección General de Calidad e Infraestructuras Sanitarias con la calidad y seguridad, así como la excelencia en la asistencia que presta a los usuarios, tal y como se refleja en la Instrucción 1/2021/DGITI.

Dentro de ese compromiso se incluía la necesaria disponibilidad en nuestras instalaciones de baños adecuados para los pacientes ostomizados, a través de la presencia de un mueble con inodoro/vaciador con sifón incorporado; siguiendo las indicaciones facilitadas desde la Federación de Asociaciones de Personas Ostomizadas de España (FAPOE).


BAÑOS HABILITADOS CON CAMBIADOR PARA ADULTOS: 1

En el Nivel II del área de consultas externas del HURH en el último trimestre del 2023 se adaptó un baño para pacientes asistidos y con necesidades especiales, tanto para niños (no lactantes) como para adultos que requieren de una asistencia para el cambio de pañal. El baño se ha dotado de una camilla para que los cuidadores puedan cambiar los pañales de manera segura y confortable.

Este proyecto fue presentado por la enfermera de consultas y gestora de casos del Programa de Atención Sanitaria Integral en la ‘III Edición del Concurso Ideas Innovadoras ASVAO 2021’, obteniendo el 3º premio en la categoría no sanitaria y bajo el lema "Humanizando Espacios".


SALAS DE LACTANCIA: 2

SALAS DE CAMBIADOR BEBÉS: 1

El HURH es un centro acreditado en la Fase 2D de la Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia (IHAN); promovida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y UNICEF y está comprometido con las prácticas que protegen, promueven y apoyan la lactancia materna exclusiva desde el nacimiento.

Dispone de dos salas de lactancia con cambiador de pañal, una en el Servicio de Urgencias y otra en el Nivel III del área de consultas externas, para que tanto usuarios como profesionales puedan llevar a cabo una lactancia dentro de un entorno de privacidad y confort.


2024-07-10 Espacios Adaptados EL NORTE DE CASTILLA (77.8 KB ) (1 página)


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