La Junta de Castilla y León, con motivo del inicio oficial del período de rebajas, iniciará el próximo lunes, 8 de enero, la habitual campaña de inspección y control de las rebajas de invierno 2007, que se desarrollará durante los meses de enero, febrero y primeros días de marzo.

Por medio de esta actuación de la Consejería de Sanidad, se prevé que la cifra de establecimientos inspeccionados en la Comunidad autónoma alcance el millar, repartidos entre mayoristas, distribuidores, autoservicios, supermercados, hipermercados, tiendas especializadas, tiendas y proveedores de servicios.

En estas visitas, los inspectores de la Dirección General de Salud Pública y Consumo se van a encargar de controlar, de forma preferente, los siguientes productos: artículos textiles y de confección, artículos de marroquinería y de viaje, material de deporte, calzados, muebles y decoración, artículos de regalo, aparatos de uso doméstico, artículos de perfumería y mercería, peletería, aparatos de iluminación, equipos informáticos, equipos de música, bisutería, etc.

Asimismo, la Inspección de Consumo de la Junta también atenderá al cumplimiento, en este período de rebajas, de las disposiciones legales vigentes, en aspectos tales como locales donde se realizan las ventas y la ubicación de los productos rebajados; el anuncio y la duración de las rebajas; los tipos de productos que pueden ser objeto de rebajas; la calidad de estos artículos; el precio de los productos rebajados y su publicidad, los folletos y otros anuncios publicitarios referidos a las rebajas, el pago con tarjetas bancarias y la sustitución de los artículos o la devolución de sus importes.

En este sentido, es importante que el consumidor sea consciente de que las rebajas, en ningún caso, pueden suponer una merma de sus derechos; los productos rebajados sólo han de diferenciarse de los que habitualmente se ofrecen en los establecimientos únicamente por el precio, ya que la calidad y la política comercial en cuanto a cambios, devoluciones y medios de pago que realice el establecimiento el resto del año ha de mantenerse en el período de rebajas.

CONDICIONES Y RECOMENDACIONES EN REBAJAS

Las rebajas consisten en reducir los precios de los productos al finalizar la temporada y dar salida a los productos almacenados que no se han vendido, particularmente los que llevan moda incorporada.

Los artículos puestos en venta a través de esta fórmula han de marcar el precio nuevo al lado del antiguo, que debe aparecer tachado.

La entrega de la factura o ticket de compra es siempre obligatoria, también en rebajas, así como la garantía en la adquisición de determinados productos (electrodomésticos, telefonía móvil, informática, etc.), ya que estos recibos permitirán la posterior presentación de reclamaciones o bien la devolución del producto.

Si un artículo es defectuoso, el comerciante tiene siempre la obligación, incluso en rebajas, de admitir la devolución, pues las rebajas no deben ser nunca igual a saldos.

En el caso de que el producto no tenga defectos y, simplemente, concurra un error de elección o cambio de parecer por el comprador, regirá el criterio que en el momento de la adquisición oferte, dentro de su política de ventas, el establecimiento, pudiendo indicar la no aceptación de devoluciones o la aceptación, mediante entrega del dinero o de un vale de canje.

Otro de los aspectos que se mantienen en períodos de rebajas es la validez, por parte de los comerciantes del pago mediante tarjetas de crédito de los productos rebajados, si este medio de pago es aceptado durante el resto del año.

La Junta de Castilla y León recuerda que una rebaja en el precio no debe ser sinónimo de disminución de la calidad.

La ropa u otros productos ofertados han de ser de temporada y no haber sido adquiridos con la finalidad de ser vendidos en estas fechas.

Otro de los factores que no debe verse afectado en el periodo de rebajas es la atención al cliente, ya que las condiciones de compra, en rebajas, han de ser las mismas que durante el resto del año.

Desde el punto de vista del consumidor, a la hora de afrontar las rebajas, es importante que el comprador tenga en cuenta una serie de factores ante las compras que, desde la Consejería de Sanidad, se resume en las siguientes recomendaciones:



  • Evitar comprar por impulso, sin considerar si el producto o servicio se necesita y/o es útil.

  • Comparar calidades y precios en distintos establecimientos.

  • Asegurar que los productos rebajados no están deteriorados y son los mismos que antes estaban a la venta.

  • En las rebajas, el precio rebajado tiene que figurar junto a su precio anterior.

  • La rebaja del precio no debe implicar rebaja de la calidad, ni exime de la obligación de dar la garantía por escrito cuando sea obligatoria para el producto o servicio, ni de cambiar el producto o devolver su importe si resultase defectuoso.

  • La publicidad es vinculante, como un contrato, y por tanto el establecimiento ha de cumplir lo que promete.

  • En caso de duda, el consumidor puede dirigirse a las Secciones de Consumo, Asociaciones de Consumidores, OMIC o al Servicio de Atención Integral al Consumidor de la Junta de Castilla y León (teléfono 902 477 747), así como obtener información a través de la pagina Web de la Junta, www.jcyl.es/consumoEste enlace se abrirá en una ventana nueva y en el portal de información sanitaria de Castilla y León en Internet, www.sanidad.jcyl.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva

RESULTADOS DE LA CAMPAÑA DE INVIERNO DE 2006

Durante la campaña de inspección y control de consumo de las rebajas de invierno del año pasado, fueron inspeccionados 1.029 establecimientos de Castilla y León, de variada tipología: mayoristas distribuidores, autoservicios, supermercados, hipermercados, tiendas especializadas y tiendas minoristas.

Entonces se controlaron 1.508 productos, centrándose el 88% de estas actuaciones en el control de productos textiles, de confección, calzado, equipos informáticos y artículos de deporte.

Consecuencia de esta labor inspectora, la Consejería de Sanidad tomó las siguientes decisiones tras esas 1.508 actuaciones registradas: en 886 casos se acordó la decisión de archivo, al no apreciarse infracción alguna; en 492 ocasiones optó por la advertencia escrita, al tratarse de infracciones de escasa entidad, que no exigían la inmediata incoación de un expediente sancionador; en 89 actuaciones, la decisión que se acordó fue la de comunicación a otos organismos competentes por razón territorial; y, por último, en 41 oportunidades, las actuaciones tuvieron como desenlace la incoación de expedientes sancionadores.