La Junta aprueba el Decreto regulador del procedimiento de declaración de los actos sanitarios de interés científico o técnico
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La Junta de Castilla y León ha aprobado un Decreto por el que se regula el procedimiento para la declaración de interés sanitario de actos de carácter científico y/o técnico.
La aprobación de esta normativa, elaborada por la Consejería de Sanidad, obedece a una doble necesidad: por un lado, regular expresamente en Castilla y León el procedimiento para declarar de interés sanitario a los actos científicos sanitarios que tengan un carácter extraordinario e impliquen, por tanto, una aportación real y trascendente a los profesionales tanto sanitarios como no sanitarios; y, por otro, responde a la necesidad de delimitar con precisión qué actos científicos o técnicos son merecedores de este reconocimiento oficial.
El objetivo que inspira la redacción de este Decreto autonómico es conseguir que los actos que se celebren en Castilla y León sean un verdadero referente en la difusión, expansión y promoción de conocimientos o técnicas de carácter científico y cuyo principal destinatario sea el profesional sanitario.
Con este Decreto, la Junta crea un procedimiento propio y reglado que actualiza la norma estatal existente.
Hasta la fecha, la Consejería de Sanidad ha venido otorgando la declaración de interés sanitario a las asociaciones, colegios profesionales, investigadores, etc., que organizan eventos con el objetivo de difundir y promocionar lo últimos avance en materia sanitaria.
En este sentido, la actualización permanente de los conocimientos de los profesionales sanitarios es uno de los principios básicos del Sistema sanitario en general, por cuanto repercutirá en la mejora de la calidad del proceso asistencial y, en definitiva, en una mejor prestación del servicio a los pacientes.
El Decreto que hoy ha aprobado el Consejo de Gobierno de la Junta determina, en sus diferentes apartados, el objeto de la norma, los actos susceptibles de recibir este reconocimiento, el procedimiento de la declaración, los efectos de la obtención de la declaración de interés sanitario, etc.
También mediante este Decreto, se excluyen de estas declaraciones de interés sanitario a las actividades de formación continuada de los profesionales sanitarios, ya que la Junta de Castilla y León ha creado un sistema propio para la verificación y la acreditación de la calidad de estas iniciativas formadoras.
Este sistema de verificación y acreditación de las actividades de formación de personas sanitario se encuentra regulado por dos normas de la Consejería de Sanidad: un Decreto referido a la creación de la Comisión de formación continuada de las profesiones sanitarias en Castilla y León; y una Orden, por la que se regula el procedimiento de acreditación de las actividades de formación continuada de los profesionales sanitarios.