Declaración de interés sanitario para actos de carácter científico o técnico
Objeto
Con la declaración de interés sanitario para actos científicos y/o técnicos de carácter extraordinario, que tiendan a promover la ampliación y difusión de las ciencias y técnicas relacionadas con la salud, se pretende que dichos actos supongan un elemento que contribuya a facilitar y fomentar la actualización permanente de conocimientos en Castilla y León.
El reconocimiento de interés sanitario es competencia de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad.
Presentación de solicitudes e información
Consejería de Sanidad
Dirección General de Salud Pública
Paseo de Zorrilla, 1.- 47071 Valladolid.
Tel. 983 41 39 34 - Fax 983 41 37 45
Datos necesarios para solicitar el reconocimiento de interés sanitario
1. Presentación de solicitud conforme al modelo oficial establecido, con una antelación mínima de dos meses a la fecha de inicio de la actividad.
2. Pago de la Tasa
El pago se realizará al formular la solicitud, que no será tramitada mientras no se justifique su ingreso en la cuenta nº: 0049 3244 00 2014091088 existente en BANCO DE SANTANDER, a nombre de la Comunidad de Castilla y León, tasas y otros derechos no tributables; Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad. Valladolid o mediante pago electrónico en dicha cuenta.
El pago se efectuará presentando en la entidad financiera el modelo de autoliquidación debidamente cumplimentado que se facilitará en los registros de la Consejería de Sanidad y de los Servicios Territoriales de Sanidad, pudiendo utilizarse el modelo que figura al final de esta página en el apartado Ficheros Disponibles.
- El código Identificativo que ha de consignarse en el modelo es: 306.1.
- Cantidad a ingresar: ORDEN EYH/28/2016, de 21 de enero, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas (5 MB)
Exenciones: De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León:
"…gozarán de exención subjetiva la Administración General e Institucional de esta Comunidad, las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos, Mancomunidades, Juntas Administrativas de Entidades Locales Menores, Consejos Comarcales y otros Entes Locales, respecto a los bienes, servicios y actividades que demanden de oficio y sean necesarios para el cumplimiento de sus fines."
3. Documentación complementaria:
-
Estatutos o escritura de constitución, según proceda para las entidades de carácter privado.
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Documento acreditativo de la representación, en caso de actuar como representante.
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Certificado expedido por el secretario de la entidad indicando el número de socios.
-
Programa científico-técnico detallado, con expresión del currículum de los ponentes y/o docentes.
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Finalidad y objetivos perseguidos por la actividad.
-
Comité científico o dirección técnica.
-
Presupuesto económico con expresión de la cuota de inscripción establecida.
-
Fuentes de financiación y patrocinadores de la actividad.
Destinatarios, número previsto de asistentes. - Justificante del pago de la tasa (ejemplar de la autoliquidación de la tasa para la Consejería de Sanidad sellado por la entidad bancaria o justificante del pago electrónico)
Quedan excluidas del procedimiento para la declaración de interés sanitario, las actividades de formación continuada dirigidas a profesionales sanitarios.
Normativa
DECRETO 79/2006, de 9 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la declaración de interés sanitario de determinados actos de carácter científico o técnico. (B.O.C. y L. nº 220 de 15 de noviembre)
Logotipo:
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