Portal del Medicamento
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Actualización de la cuantía máxima de los medicamentos de aportación reducida, y actualización de los límites máximos de aportación mensual para pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria
Según la Resolución de 18 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia:
- se fija en 4,26 euros la aportación máxima para los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida. Dicha aportación máxima se aplicará igualmente a los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica pertenecientes a los grupos de aportación reducida.
Asimismo, se aplicará a la participación en el pago a satisfacer por los enfermos de SIDA, de los medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud dispensados a través de receta oficial.
- se actualizan los límites máximos de aportación mensual para las personas que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios según la renta consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
a) Renta inferior a 18.000 euros: límite máximo de aportación mensual 8,26 euros.
b) Renta igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000: límite máximo de
aportación mensual 18,59 euros.
c) Renta superior a 100.000 euros: límite máximo de aportación mensual 62,00
euros.
Lo dispuesto en los puntos anteriores comenzará a surtir efectos a partir del 1 de enero de 2014.