10/08/2010

RESUMEN

La AEMPS ha informado a los profesionales sanitarios y a los pacientes sobre la suspensión de comercialización de dextropropoxifeno, disponible en España con el nombre comercial de Deprancol®, efectiva a partir del día 1 de octubre de 2010, con las siguientes

RECOMENDACIONES:

  • Médicos prescriptores: no deberá prescribirse Deprancol® a partir del 1 de octubre de 2010, por lo que no deben iniciarse nuevos tratamientos con este medicamento.

  • Farmacéuticos: no deberá dispensarse ninguna prescripción de Deprancol® a partir del 1 de octubre de 2010. En el caso de que algún paciente solicite una dispensación de Deprancol® se le debe informar que se ha suspendido la comercialización de dicho medicamento y que debe consultar a su médico para valorar las alternativas disponibles para su caso en particular.

  • Pacientes:

    • No se debe suspender el tratamiento con Deprancol® sin supervisión médica. La suspensión del tratamiento debe hacerse de forma paulatina.

    • Los pacientes que actualmente se encuentren en tratamiento con Deprancol® deberán ponerse en contacto con su médico para valorar la necesidad de cambiar de forma progresiva a un tratamiento alternativo