Etiquetado de ingredientes que causan alergias o intolerancias
Según establece el Reglamento (UE) n.º 1169/2011, todos los alimentos envasados deben mencionar obligatoriamente, entre otras, las indicaciones:
- la lista de ingredientes
- todo ingrediente o coadyuvante tecnológico que figure en el anexo II de este Reglamento o derive de una sustancia o producto que figure en dicho anexo que cause alergias o intolerancias y se utilice en la fabricación o la elaboración de un alimento y siga estando presente en el producto acabado, aunque sea en una forma modificada
También establece este Reglamento que la denominación de la sustancia o producto según figura en el anexo II se destacará mediante una composición tipográfica que la diferencie claramente del resto de la lista de ingredientes, por ejemplo mediante el tipo de letra, el estilo o el color de fondo.
Revise siempre cuidadosamente la lista de ingredientespara comprobar si contiene el ingrediente que usted debe evitar.
Hay que tener en cuenta que algunos alimentos están autorizados a omitir la lista de ingredientes, pero, si no hay lista de ingredientes, la indicación de la sustancia o producto que figure en el citado anexo II que cause alergias o intolerancias, se incluirá la palabra «contiene» seguida del nombre de dicha sustancia o el producto.
Algunas personas pueden ser sensibles a otros alimentos no incluidos en el citado anexo II, por lo que siempre debe leerse cuidadosamente la lista de ingredientes. Asegúrese de leer cuidadosamente el etiquetado de los alimentos envasados incluso en los casos en que ya se haya consumido ese alimento con anterioridad ya que la composición del producto podría haber cambiado.
La no declaración de un alérgeno en el etiquetado de un alimento envasado, da lugar a su inclusión en la Red de Alerta Alimentaria, con objeto de facilitar las actuaciones de las administraciones y evitar riesgos para la salud de los consumidores.
Por otra parte el Real Decreto 126/2015 desarrolla los requisitos específicos relativos a la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, así como de los alimentos envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor, estableciendo que la información alimentaria debe incluir obligatoriamente la indicación de la mención específica con referencia clara a la sustancia o producto de que se trate según figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011. Esta indicación no será necesaria en aquellos casos en que la denominación del alimento haga referencia claramente a la sustancia o producto de que se trate.
Esta información se presentará de forma escrita en etiquetas adheridas al alimento o rotulada en carteles colocados en el lugar donde los alimentos se presenten para su venta, sobre el alimento o próximo a él. Otra opción es utilizar carteles fácilmente visibles y accesibles que indiquen dónde se puede obtener esa información, ya sea de forma escrita, como en el menú, en la carta o en otro formato, u oral a través del personal del establecimiento.
Etiquetado de sustancias que provocan alergias e intolerancias
Aunque se pueden dar reacciones alérgicas a cualquier alimento o componente del mismo, la mayoría de alergias alimentarias están asociadas al consumo de un grupo reducido de alimentos.
Las sustancias o productos que causan alergias o intolerancias que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 son: cereales que contengan gluten, crustáceos y productos a base de crustáceos, huevos y productos a base de huevo, pescado y productos a base de pescado, cacahuetes y productos a base de cacahuetes, soja y productos a base de soja, leche y sus derivados, frutos de cáscara (almendras, avellanas, nueces, anacardos, pistachos…), apio y productos derivados, mostaza y productos derivados, dióxido de azufre y sulfitos, altramuces y productos a base de altramuces, y moluscos y productos a base de moluscos, para los cuales se han establecido normas de etiquetado que obligan a indicar su presencia cuando se incorporan de forma voluntaria a los alimentos como ingredientes.
as alergias e intolerancias alimentarias son un tema importante en la seguridad alimentaria y la industria alimentaria debe procurar ayudar a aquellos que sufren alergias a seleccionar una dieta adecuada y fiable.
Los fabricantes deben indicar sobre la presencia en los alimentos de ingredientes que causan alergias e intolerancias, y evitar su contaminación accidental con alérgenos que estén presentes en otros productos.
También los operadores del comercio minorista de la alimentación y del sector de la restauración colectiva deben ser conscientes de la gran importancia de las alergias para un sector de la población. Las reacciones alérgicas pueden ser muy graves y, en ocasiones, causar la muerte del individuo.