Derecho a la información sanitaria y epidemiológica
Es el derecho a disponer de información sobre los aspectos de carácter general que se relacionan seguidamente
DERECHO A RECIBIR INFORMACIÓN SOBRE LOS DERECHOS, DEBERES Y SERVICIOS
Con el fin de facilitar tal información a los usuarios, todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios, tanto públicos, como privados, deberán disponer de una guía de información al usuario, en la que figurará información sobre los derechos y deberes de los usuarios en el ámbito sanitario, así como información relativa a los servicios del centro (prestaciones disponibles, características asistenciales, dotación de personal, etc). Esta guía deberá estar en un lugar identificado, visible y accesible
DERECHO A RECIBIR INFORMACIÓN SOBRE LOS PROGRAMAS Y ACCIONES DEL SISTEMA DE SALUD DE CASTILLA Y LEÓN
Derecho a conocer los programas y acciones del Sistema de Salud de Castilla y León en materia de prevención, promoción y protección de la salud.
Derecho a recibir información sobre los servicios y unidades asistenciales disponibles, su calidad y los requisitos de acceso y uso de los mismos.
Derecho a recibir información previa correspondiente para elegir profesional sanitario y centro en los términos y condiciones que reglamentariamente se establezcan.
Derecho a disponer de información sobre el coste económico de las prestaciones y servicios que reciba.
INFORMACIÓN SOBRE LOS MECANISMOS DE CALIDAD IMPLANTADOS Y LOS INDICADORES DE LA ASISTENCIA
Es el derecho a que la Administración Autonómica disponga las medidas necesarias para aportar información a cerca de:
Los mecanismos de calidad implantados en los centros, servicios y establecimientos del Sistema de Salud de Castilla y León o concertados con éste.
Los resultados de la evaluación de la calidad de la asistencia prestada en dichos centros privados para garantizar la adecuada prestación de los servicios sanitarios en los mismos.
DERECHO A INFORMACIÓN EPIDEMIOLÓGICA
Es el derecho de todos los ciudadanos a conocer los problemas sanitarios de la colectividad cuando implique un riesgo para la salud pública o para su salud individual.